miércoles, 10 de julio de 2013
¿Para qué sirve?
Algo más sobre la corrupción.
Ante tantos y variados casos de corrupción, en los que la mayor parte de las veces están imputados politicos y altos cargos de los diferentes niveles de la Administración en España -municipal, autonómica, estatal- cabe preguntarse sobre nuestro sistema legal:
¿Para qué sirve la Ley de financiación de Haciendas Locales?
¿Para qué sirve la Ley de Contartos del Estado?
¿Para qué sirve la Ley de financiación de partidos políticos?
Y asimismo nuestro sistema de organización administrativa:
¿Para qué sirven los tribunales de cuentas?
¿Para qué sirven los variados departamentos de administración y gestión de cuentas de las administraciones?
¿Para qué sirve el Banco de España?
Dejo muchos más Organismos y muchas más Leyes y Reglamentos en las listas, que se harían interminables.
Recientemente, el gobierno ha propuesto la supresión de diferentes Organismos y la reducción de los que están duplicados (diría yo hasta triplicados).
También ha tomado la iniciativa de otra Ley, esta vez con nombre pomposo: Ley de Transparencia.
Y vuelvo a decir: ¿para qué todo ello?. NO SE VE, EN NINGÚN CASO, UN ÁNIMO DE CAMBIAR EL ENORME ENTRAMADO LEGAL Y ADMINISRATIVO, EN EL QUE, A PESAR DE SER UNO DE LOS PAÍSES CON MÁS LEGISLACIÓN, SOMOS, SEGURO, EL QUE MÁS LA INCUMPLE, y con la habilidad, de que NADIE ES RESPONSABLE DE NADA.
martes, 2 de julio de 2013
chapuzas legislativas
UNA VEZ MÁS: MALA PRAXIS LEGISLATIVA
Apareció ayer (27-06), en el BOE, la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
Como era de esperar, un preámbulo lleno de buenas intenciones: adaptar la legislación edificatoria y urbanística de España, a la realidad actual, marcada por la crisis económica, social y energética.
Ya tenemos demasiada obra nueva, se trata de mejorar la ya existente, tanto los edificios como el tejido urbano.
Para ello, una lista de Títulos, Capítulos y Artículos, que no son ninguna novedad respectoa leyes ya existentes. Más bien nos recuerdan las obligaciones de los diferentes actores en el proceso edificatorio, en referencia a edificios existentes,
y a tramas urbanas envejecidas. En el fondo se transpira un acto de autoridad del Estado frente a las Comunidades Autónomas, que, en su mayoría, ya han regulado todas estas cuestiones.
Pero el colmo llega al final: 20 disposiciones finales, de las cuales, 12 afectan a Leyes que nada tienen que ver con la edificación o el urbanismo, entre otras, la Ley de enjuciamiento civil, o la Ley de Ordenación del mercado de tabacos,
o la de Seguridad aérea.
Menos mal que esto no lo leen los alemanes, pero, cuánta razón llevan en que somos una chapuza de País.
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